SISTEMA DE JUBILACIÓN EN LOS AUTÓNOMOS

jubilacion_autonomo_vidacaixa_750x400.jpg
Infografía: La Caixa

La semana pasada reflexionábamos sobre la preocupación creciente en torno a la jubilación y la sostenibilidad de las pensiones en este artículo, preocupación que en el caso de los trabajadores autónomos es sensiblemente mayor, debido a que la mayoría de los autónomos que llegan a la edad de jubilación obtienen unas pensiones menores a las de los jubilados que han estado contratados por cuenta ajena, diferencia que el Ministerio de Empleo cuantifica en 463 euros mensuales.

Pero, ¿cuál es el sistema de jubilación actual de los autónomos? Tras la reforma del sistema de pensiones en 2013, las condiciones de jubilación del autónomo en el nuevo sistema se calculan en base a las mismas normas genéricas que afectan a todos los trabajadores:

  • Edad de jubilación del autónomo: 65 años y un mes, que se aumentará de forma paulatina hasta los 67 años hasta el año 2027.
  • Se establece la jubilación anticipada voluntaria para los trabajadores por cuenta propia a partir de los 63 años y con al menos 35 años cotizados.
  • Período mínimo de cotización: 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los últimos 15 años de trabajo.
  • Cuantía: dependerá de la cantidad que se haya cotizado en la cuota de autónomos y del número de años cotizados.

Así que para calcular la pensión habrá que realizar las estimaciones en base a los criterios aprobados en la reforma de las pensiones. No es tan sencillo de hacer, ya que depende de los años trabajados, del salario que se haya tenido en cada momento y de diversos factores más.

Una práctica habitual antes de esta reforma, con objeto de incrementar sustancialmente su pensión, consistía en aumentar la cotización a la Seguridad Social a partir de los 48 años. Sin embargo, una de las consecuencias más importantes para los autónomos de la reforma de las pensiones es que para conseguir la pensión máxima tienen que incrementar a partir de los 42 años sus cuotas a la seguridad social hasta aproximadamente 500 o 600 euros. Además deberán cotizar ininterrumpidamente desde los 30 años.

Por lo tanto, para conseguir una pensión digna deben incrementar su base de cotización antes de los 47 años conforme a las bases y tipos de cotización vigentes en 2016, de manera que a partir de los 48 años la cuota mensual de autónomos ascendiese al menos a entre 500 y 600 euros, con objeto de incrementar la Base de cálculo, dependiendo de si optan o están obligados a cotizar por cese de actividad y/o accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La pensión pública futura es compatible con otros métodos de ahorro privado, seguros y rentables.

Ante esta situación, para tener una pensión digna es especialmente aconsejable en el caso de los autónomos complementar la pensión del estado siguiendo las recomendaciones de una correduría de seguros especializada.

Fuente: infoautonomos.eleconomista.es y elaboración propia

Deja un comentario